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El consejo de guerra de Georg Freisinger

Patricio Hidalgo Luque.

Última revisión: 30 de agosto de 2021.

La primera vez que supe de Georg Freisinger fue al ver su nombre en la lista de fusilados que aparece en el libro de Francisco Moreno Gómez “La guerra civil en Córdoba, 1936-1939” (Ed. Alpuerto, Madrid, 1985), en cuya página 748 dice: “7-marzo 1938. George Freisinger, 29, albañil, Austria”.

En efecto, en el Registro Civil de Córdoba figura la inscripción de su muerte. Sin embargo, su nombre no aparece en los libros de registro de los cementerios. Por otra parte, existe una página web sobre brigadistas austriacos en España, www.nachkriegsjustiz.at/vgew/1110_simmeringerhauptstra%DFe.php , donde se le da por muerto en un bombardeo. Hans Landauer, en su libro “Diccionario de los voluntarios austriacos en la España republicana 1936-1939”(Asociación de Amigos de las BB.II., Madrid, 2005) dice en la página 104: Freisinger, Georg. Nace en Hallein (Salzburgo) el 18 de enero de 1908. El 2 de septiembre de 1936, de Austria a España. XIII BI/8º Batallón. Según Johan Griebaum, caído en el frente del Sur en 1937.

En el archivo de la Prisión Provincial de Córdoba se conserva su expediente penitenciario en el que figura como natural de Austria, casado y con dos hijos y de oficio fogonero. Ingresó el 13 de abril de 1937 conducido por la Guardia Civil y quedó detenido a disposición del comandante de dicho Cuerpo Jefe de los Servicios Especiales, Emiliano López Montijano. El 24 de abril de 1937 pasa a disposición del Gobernador Militar junto con Bragin Ben Mulud Maxi, “moro de la zona francesa” según el diario falangista Azul. Con fecha 14 de mayo de 1937 ambos pasan a disposición de la Junta de Clasificación de Prisioneros y Presentados, con sede en el cuartel de la Victoria y presidida por el mismo comandante López Montijano, quien con fecha 9 de julio de 1937 los pone a disposición del Generalísimo, lo que resulta un tanto extraño. Las últimas anotaciones de este expediente penitenciario consisten en la asistencia a juicio el 22 de enero de 1938 y la salida hacia el paredón el siguiente 7 de marzo.

Llevado por la curiosidad consulté el consejo de guerra que se le instruyó, que se conserva en el Tribunal Militar Territorial nº 2 de Sevilla. Esta documentación permite reconstruir con bastante aproximación las circunstancias que llevaron a la muerte a este brigadista austriaco.

La portada indica que el Juzgado de Instrucción Militar nº 8 abrió diligencias sumarísimas contra George (sic) Freisinger por el delito de “prisionero de guerra”. Curiosamente, detrás del apellido aparece entre paréntesis y tachada la palabra “ruso”, sustituida por “austriaco”.

El procedimiento se inició como consecuencia de escrito firmado el 10 de noviembre de 1937 en Sevilla por el Auditor de Guerra de la Segunda División, en el que se dice que el prisionero había sido clasificado en la categoría “D” de la norma 1ª de la Orden general de once de marzo de 1937, dada por el Cuartel General del Generalísimo. El presidente del Consejo de Guerra Permanente de Córdoba, coronel de la Guardia Civil D. Evaristo Peñalver Romo, asignó el procedimiento al Juzgado nº 8 el 30 de noviembre de 1937. Las diligencias fueron instruidas por el Juez Instructor D. Gregorio Prados Ramos, auxiliado por D. Aurelio Ortega Navas como Secretario. A la causa se le dio el número 208.

El 2 de diciembre de 1937 el Juzgado se constituyó en la Prisión Provincial de Córdoba al objeto de tomar declaración al prisionero, quien dijo su nombre, tener 29 años, ser natural de Austria-Salzburg, de estado soltero y de profesión albañil, datos no coincidentes con los de su expediente penitenciario. A la pregunta de por quien fue traído a España y para que fines, el prisionero manifestó que vino desde Austria a través de Suiza y Francia “en busca de trabajo por saber que en España había pesetas” y que fue detenido en la Sierra de Pozoblanco donde se encontraba “incorporado a Sanidad Militar por los rojos”. A partir de aquí se interrumpió el interrogatorio “en razón a que (Freisinger) conoce muy poco el Español y el juzgado no habla el austriaco ni el alemán, únicos idiomas que conoce el detenido”.

Por ello, el Juzgado se dirigió al Ayuntamiento en solicitud de un intérprete que conociera “el idioma Austriaco o Alemán”. Según la Corporación, en Córdoba no existía intérprete oficial, por lo que se recurrió a los servicios de D. Manuel Manzanares Sampelayo, catedrático de alemán evadido de zona republicana que por esas fechas enseñaba en el Instituto de Segunda Enseñanza de Córdoba.

El 5 de enero de 1938 volvió el juzgado a la cárcel, con el Sr. Manzanares Sampelayo en calidad de intérprete jurado. Tras ratificarse Freisinger en su declaración anterior fue preguntado en los siguientes términos: en que lugar fue enrolado; con que personas convino su venida a España; mediante que estipendio; quien se lo había de abonar; para que fines fue enrolado para venir a España e itinerario que siguió. A estas preguntas, Freisinger contestó que se hallaba sin trabajo en su pueblo, Hallein, cerca de Salzburgo (Austria). Que sus padres le facilitaron algún dinero para marcharse al extranjero en busca de trabajo. Que en el mes de febrero de 1937, encontrándose en Lyon, fue abordado por un francés desconocido que le ofreció trabajo en España, sin determinar tipo de trabajo ni estipendio. Que en Lyon le dieron quince francos franceses, y, posteriormente fue llevado por ferrocarril a Perpignan. Que fue trasladado a Figueras sin darse cuenta de haber atravesado la frontera, pues iba en unión de quince individuos en un camión que no fue molestado ni se les exigió documentos de ninguna clase. Que en Figueras estuvo cuatro días sin hacer nada, comiendo y durmiendo en un cuartel. Que de Figueras fue conducido por tren a Albacete, con breves paradas en Barcelona y Valencia. Que en Albacete firmó un documento en el cuartel, que no sabía que era ese documento, que se le entregó una ficha con su nombre en un cartón amarillo, que es la misma que le fue intervenida y se le muestra en el acto, y que tiene un sello que dice “Comandante Jefe de Estado Mayor”. Que fue conducido a Madrigueras (Albacete) para instrucción, donde permaneció seis o siete días y comenzó a cobrar seis pesetas diarias. Que vuelto a Albacete le proveyeron de armas, municiones y uniforme, y que como no tenía recursos se dejó llevar de su suerte. Que entró a servir en la Cuarta Brigada de Infantería y que fue llevado por Puertollano a Pozoblanco, donde sólo estuvo cuatro días, pues fue hecho prisionero el 13 de abril del año actual (esto es un error evidente, se refiere al año 1937) tras haber perdido contacto con sus fuerzas. Que no portaba armas de ninguna clase al ser apresado, sólo efectos de Sanidad. Que no llegó a hacer armas contra las fuerzas nacionales, que el fusil que usaba era ruso y que en el momento de ser detenido no lo llevaba.

A continuación le fue mostrada la cartera que le fue intervenida, y la reconoció como de su propiedad, así como los papeles que contenía. Entre éstos había una foto de Lenin, de la que dijo que se la entregaron en el cuartel de Albacete. Preguntado sobre si tenía algo más que añadir respondió negativamente, por lo que se procedió a la firma de la declaración por todos los presentes.

Pero en este momento el intérprete hizo notar que entre los papeles había un billete de ferrocarril fechado el 11 de febrero de 1937 en Hallein con destino a Feldkirch. Preguntado, Freisinger reconoció que el billete era suyo.

Billete

Billete

En vista de ello se le preguntó “…si dicho día once es más cierto que salió de su pueblo con dicho billete y con el decidido propósito de enrolarse en las Brigadas internacionales que luchan contra el Ejército Español contesta que no era cierto, sin poder dar explicaciones satisfactorias sobre como tan pronto se encontró en las filas marxistas”. Ratificado en esta ampliación de declaración, que le fue leída por el intérprete, firmaron de nuevo todos los presentes.

 

El 8 de enero de 1938 el juez decreta el procesamiento de Georg Freisinger, calificando provisionalmente los hechos imputados al detenido como constitutivos de delito de adhesión a la rebelión, tipificado en el artículo 238 del Código de Justicia Militar. A continuación aparece un Auto-Resumen del Juez Instructor fechado el 15 de enero siguiente, en el que aparece una contradicción que podría ser importante para comprender el proceso. En un lugar de este Auto se manifiesta que el detenido declaró que “hallándose sin trabajo durante cinco años en su pueblo natal sus padres le dieron algún dinero para que se marchara a buscar trabajo en el extranjero y encontrándose en Lyon un desconocido de nacionalidad francesa en el mes de febrero de 1937 le ofreció trabajo en España”. Unos párrafos más adelante, llegado al punto del hallazgo del billete de ferrocarril con fecha 11 de febrero de 1937 dice: “y el procesado asegurara como aseguró que de su pueblo natal había salido hacía unos cinco años y tal billete es proveniente de Hallein su naturaleza y vecindad y lo reconoció como suyo, fue preguntado para que manifestara si de él se había valido para salir de su pueblo decidido o enrolado para ingresar en las Brigadas Internacionales que luchan en España a favor de los rojos…ante esta pregunta no se le pudo arrancar respuesta alguna”

Es decir, por un lado dice que llevaba cinco años sin trabajo en Hallein y por eso se marchó. Pero a los pocos párrafos leemos que había salido de Hallein cinco años antes. ¿Incurrió realmente Freisinger en esta contradicción? ¿Pudo ser un error de traducción? Parece claro que el juez advirtió la contradicción y la estimó inculpatoria.

Puesto en contacto con el Ayuntamiento de Hallein me proporcionaron amablemente la poca información de que disponían sobre Georg Freisinger. Sus hermanos Alfred y Bárbara fallecieron en 1984 y 2001, respectivamente. El único miembro de la familia que puede quedar vivo es un hijo de Bárbara, pero desconocen su paradero actual. Pero sí obtuve dos datos importantes. El primero es que Georg Freisinger fue desposeído de su nacionalidad el 22 de octubre de 1937, es decir, cuando fue procesado era un apátrida. El segundo es que se dio de baja en el padrón municipal de Hallein el 2 de septiembre de 1936, curiosamente la fecha en que, según Landauer, salió para España. Desde esta fecha hasta el once de febrero de 1937 median cinco meses casi exactamente. ¿Podría ser que llevando cinco años sin trabajo en Hallein marchase a Lyon en septiembre de 1936 y en el interrogatorio se confundiesen cinco años con cinco meses? En cuanto a la fecha del billete no hay duda, este billete consta en la documentación del consejo de guerra, pero pudo haber vuelto momentáneamente a su pueblo antes de dirigirse a España.

La vista pública se celebró el 22 de enero de 1938, a las once horas. El acta refleja la composición del Tribunal. Presidente: coronel de la Guardia Civil D. Evaristo Peñalver Romo. Vocales: capitanes, de Caballería D. Pedro Fernández Ayllón, y de Infantería D. Melchor Bravo Rodríguez, D. Santos Sanz Berzosa y D. Antonio Carballo Fito, este último como suplente. Como vocal ponente el capitán jurídico habilitado D. Bernabé Pérez Jiménez. Fiscal: oficial tercero honorario del Cuerpo Jurídico Militar D. José Ramón de la Lastra y de Hoces. Defensor: teniente de Infantería D. Francisco Vázquez Delgado. En el acta dice que Freisinger era procesado por el delito de rebelión, pero veremos que esto es un error.

Siempre según el acta, el interrogatorio al reo a través del intérprete Sr. Manzanares Sampelayo no aportó nada nuevo a lo ya declarado por lo que, no habiendo pruebas que practicar, fue concedida la palabra al fiscal, que consideró los hechos como constitutivos de delito de rebelión (de nuevo el error) previsto y sancionado en el artículo 238 del Código de Justicia Militar y solicitó la imposición de la última pena. La defensa del procesado pidió al Tribunal que en su sentencia hiciera “el mayor favor posible a su defendido”.

La sentencia lleva la misma fecha de 22 de enero de 1938, y queda claro en su texto que el procesado fue juzgado y condenado por el delito de adhesión a la rebelión y no por el de rebelión. La sentencia declara hechos probados los relatados por el juez instructor en el Auto-Resumen. En el primer “considerando” se dice que “el delito de adhesión a la rebelión se caracteriza por la cooperación a la causa rebelde unida a la intención o identificación del agente con la misma”. Para el Tribunal queda clara la primera circunstancia por la “ayuda material de cooperar con las fuerzas rojas”; en cuanto a la intencionalidad del acusado, la aprecia en la “declaración de marxista del procesado por su carácter de voluntario al ser enrolado en las teorías marxistas”. El segundo “considerando” declara autor a George (sic) Freisinger del mencionado delito. El tercer “considerando” justifica la aplicación de la pena de muerte en vez de la alternativa de reclusión militar perpetua en base al “carácter de voluntario del inculpado y que la recluta internacional es la causa primordial de la prolongación de esta guerra que tantos extragos (sic) está causando en Nuestra Nación, y por la que se defiende y se lucha con un heroísmo insuperable”. Finalmente, el Tribunal falló condenando al procesado a la pena de muerte como responsable en concepto de autor de un delito de adhesión a la rebelión.

El Auditor de Guerra de la 2ª División Orgánica aprobó la sentencia en Sevilla el 5 de febrero de 1938, y nuevamente se habla de rebelión y no de adhesión a la rebelión. Una diligencia de la misma autoridad fechada el 1 de marzo siguiente confirma el “enterado” del Jefe del Estado, y manda notificar y ejecutar el fallo recaído.

El Delegado de Orden Público, capitán de la Guardia Civil Manuel Albendea Rivas, dio las órdenes oportunas para que el condenado fuese fusilado por un piquete de dicho Cuerpo a las veinticuatro horas del 7 de marzo de 1938 en las tapias del cementerio de la Salud. El médico militar del servicio de Plaza, alférez médico D. Rafael Roldán Castro, presenció la ejecución y certificó la muerte del condenado, en base a lo cual se inscribió el fallecimiento en el Registro Civil del Distrito de la Izquierda, en el Libro 161, Folio 244, Nº 244, según consta en el certificado que el titular del Juzgado, Alfredo Usano de Tena, remite al juez instructor con fecha 9 de marzo. Aunque no se anotó su inhumación en los libros de registro de los cementerios es de suponer que fuese enterrado en la fosa común del cementerio de Nuestra Señora de la Salud. Se ignora dónde puedan yacer sus restos hoy día.

La burocracia prosiguió impertérrita y el caso de este hombre que sólo poseía una cartera de piel con un billete de ferrocarril usado, unos papeles sin importancia y una fotografía de Lenin llegó a la Comisión Provincial de Incautación de Bienes en mayo de 1938.

Los últimos documentos que aparecen en el legajo son unos formularios titulados “Estadística criminal de guerra” y fechados en Sevilla el 2 de marzo de 1942. En ellos nuevamente se alude al delito como rebelión y se le niega a Freisinger el status de combatiente al calificarlo como paisano.

¿Por qué tuvo lugar este consejo de guerra? Sabemos que muchos internacionales prisioneros fueron liquidados sobre el terreno, y testimonios de ello no faltan. El caso es que a Freisinger se le respetó la vida y fue conducido prisionero a Córdoba, donde permaneció los siete meses que tardaron en clasificarlo en la categoría “D”. Es un hecho que bastantes extranjeros fueron agrupados en ciertos campos de prisioneros y utilizados para canjearlos por prisioneros nacionales, alemanes o italianos. Algunos fueron liberados y conducidos a la frontera en operaciones aprovechadas por la propaganda de Burgos. En este caso la nacionalidad del prisionero podía ser decisiva. Los anglosajones solían salir mejor parados, seguramente por razones políticas, mientras que los soviéticos, casi siempre expertos pilotos o carristas, se estimaban valiosos para ser canjeados, además de ser utilizados para demostrar la implicación de la U.R.S.S. en la guerra. Alemanes e italianos, repudiados por sus Gobiernos, podían salir peor parados. Pero en el archivo de la Prisión Provincial de Córdoba está el expediente del brigadista alemán Adolf Redig, ingresado el 28 de febrero de 1938 tras ser curado en el Hospital Militar y que fue trasladado a San Pedro de Cardeña el 11 de abril siguiente sin pasar siquiera por el trámite de la clasificación. Lo que no sabemos es la suerte que hubiese corrido Redig de haber sido hecho prisionero un año antes, vistos los antecedentes.

¿Pudo Freisinger ser tomado por soviético en primera instancia? Recordemos la palabra “ruso” tachada en la portada del sumario. En este caso, al descubrirse que no era soviético sino un austriaco repudiado por su gobierno, un apátrida en realidad, pudo dejar de ser considerado un prisionero canjeable y pasar a convertirse en un estorbo. La clasificación previa en el grupo “D”, no sabemos en aplicación de qué criterio, lo convertía, además, en un hombre marcado, porque en esta categoría se clasificaban los prisioneros a quienes se imputaba la comisión de delitos graves.

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Freisinger Azul 23-1-38

 

Son muchos los interrogantes que quedan, pero lo que sí se ha demostrado es que Georg Freisinger no murió en combate ni en el curso de un bombardeo, sino que fue fusilado en Córdoba el 7 de marzo de 1938.

 

Descanse en paz Georg Freisinger.

Agradecimientos:

  • Joaquín Gil Honduvilla.
  • Francisco Cabrera Castillo.
  • Frau Ingrid Reiner, Stadtamt Hallein (Austria).